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Qué considerar en tus contratos de trabajo

Hacer un contrato de trabajo puede sonar a tarea sencilla. Sin embargo, es mucho más que descargar una plantilla de internet y cambiar la información, ya que de estar mal hecho o incompleto puede implicar varios dolores de cabeza legales, ya que debe estar alineado a lo establecido por las autoridades del Estado.

Si bien, este post no reemplaza una asesoría legal, te dejamos algunas recomendaciones para que tengas en consideración al redactar tus contratos.


1. Conocer el tipo de contrato a realizar


Existen dos figuras para los contratos: subordinación o dependencia y se clasifican de acuerdo al tiempo en el que se mantendrán las labores. A su vez, existen ocho tipos de contratos de trabajo:

  • Por obra o faena

  • A plazo fijo

  • Part-time

  • Indefinido

  • Practicante

  • Para extranjeros

  • Para arte y espectáculo

  • Por honorarios

También los contratos pueden ser individuales o colectivos. En el primer caso el acuerdo es entre trabajador y empresa. Mientras que en el segundo caso, es un acuerdo con todo el personal.


2. Consideraciones importantes

Indistintamente del tipo de contrato, todos deben llevar la siguiente información:


  • Fecha y lugar donde se firma el contrato

  • Identificación de ambas partes

    • Nombre

    • cédula de identidad

    • Nacionalidad

    • Fecha de nacimiento

    • Estado civil

    • Domicilio

  • Actividad y lugar

    • Cargo

    • Descripción

  • Duración y distribución de la jornada

  • Remuneración acordada y forma de pago

  • Plazo del contrato

3. Firma del contrato

Los documentos se deben firmar por ambas partes, es decir, trabajador y empleador. El plazo para esta firma dependerá de la duración y tipo de contrato de trabajo. Recomendamos mirar en la página de la Dirección del Trabajo para corroborar cada caso.


En el escenario de no contar con un contrato de trabajo es una falta bastante grave que implica multas desde una a cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por fraude laboral (ya que no se pagarían los impuestos de dicho trabajador). Además, la empresa se expone a posibles denuncias ante la Inspección del Trabajo y el trabajador podría quedar excluido de beneficios como seguros, bonos e indemnizaciones y la empresa


 
 
 

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